Seguimos en Obras, disculpen las molestias. Mañana estaremos de nuevo.

El Rescate

Señores tras la reuníon de los Bancos y el Presidente del Gobierno para transmitir confianza al país y después de las medidas adoptadas nos encontramos hoy con un día negro en las bolsas .

Esto quiere decir que el mercado financiero no cree realmente que las medidas adoptadas por el gobierno vayan a resolver la actual situación. Las medidas tomadas son un calco a las medidas adoptadas por EEUU y el resultado por parte del mercado fianaciero también ha sido el mismo.

Sabe alguien que medidas hay que tomar? Alguien es capaz de tranquilizar al mercado fianaciero?Debemos nosotros rescatar a dicho mercado?  Las ayudas son para las pymes o para aquellas grandes empresas fianaciaras que no han sabido gestionar estos momentos.

Hay tantas y tantas dudas , que por esto sigue la DESCONFIANZA

JF

Hoy estamos de obras

Hoy estamos de Obra, están cambiando algunos plugin, actualizando la versión del Word Press, las estadísticas, instalando el  Google analytics, en fin. Perdonad que hoy no actualice, o lo haga más tarde.

Recargo de Equivalencia

Este recargo se aplica en las siguientes ventas a comerciantes minoristas:

  • Cuando el destinatario es persona física, o bien sociedad civil o comunidad de bienes en la que todos los socios lo sean
  • Cuando desarrolla una actividad de comercio al por menor

Dado que el régimen de recargo de equivalencia es obligatorio,  aplíquelo a todas sus ventas a comerciantes minoristas que sean personas físicas.

El 4% cuando se aplica el tipo general del IVA

El 1% cuando se aplica el tipo reducido del 7%

El 0,5% si se aplica el tipo especial del 4%

Los comerciantes minoristas, si cumple determinados requisitos, estás sometidos obligatoriamente al régimen de IVA denominado Recargo de equivalencia, dicho régimen les exime de todo tipo de formalidades en el ámbito del IVA y traslada a los proveedores, algunas obligaciones especiales.

Bueno, está claro que cuando realizamos nuestras liquidaciones de IVA, nosotros como proveedores, las liquidaciones saldrán más altas, pero realmente somos meros recaudadores de IVA. Que en caso de omisión de esta obligación, pagaremos sanciones de hasta un 150% de las cantidades no ingresadas.

Silvia Cantos